CUERPO CONSULAR
Conjunto de Cónsules de todo orden que ejercen sus
funciones en una misma población. El más antiguo
de ellos ejerce como Decano.
CUERPO DIPLOMÁTICO
Conjunto de personas acreditadas con este carácter
ante un determinado Estado. Incluye a todo el
personal diplomático extranjero en una capital.
El más antiguo de entre los Embajadores ejerce
como Decano. En los países de tradición católica, el
Decano es generalmente el Nuncio Apostólico.
DELEGACIÓN PERMANENTE
Expresión con la que se designa comúnmente la
Misión Diplomática que un Estado acredita de modo
permanente en una Organización internacional
de la que es miembro. A su frente se encuentra un
Embajador Representante Permanente o Delegado
Permanente.
DEMARCACIÓN CONSULAR
V. Circunscripción Consular
Distrito Consular
V. Circunscripción Consular
EMBAJADA
Misión Diplomática de la máxima categoría al
frente de la que se halla un Embajador. El término
se aplica también a los locales de la Misión, tanto
a las oficinas (Cancillería) como a la vivienda del
Embajador (Residencia).
EMBAJADOR
1.- Funcionario de la Carrera Diplomática que ha
alcanzado la máxima categoría dentro del escalafón
y que puede hallarse, o no, al frente de una
Embajada.
2.- Jefe de Misión que se halla al frente de una
Embajada. Normalmente es un funcionario de la
Carrera Diplomática -Embajador de Carrera- cuya
categoría personal puede no ser la de Embajador
sino otra inferior. Si no pertenece a la Carrera
Diplomática se le denomina Embajador Político.
ENCARGADO DE NEGOCIOS
Funcionario diplomático que ocupa temporalmente
la Jefatura de una Misión Diplomática por hallarse
vacante dicho puesto, por ausencia del titular,
etc. Normalmente, el puesto es desempeñado
por el funcionario diplomático de categoría
inmediatamente inferior al Jefe de Misión.
JEFE DE MISIÓN
Término genérico que abarca los varios supuestos
de titulares de la máxima autoridad en una Misión
Diplomática. En la mayoría de los casos, Misión
es sinónimo de Embajada, y Jefe de Misión, de
Embajador.
LLAMADA A CONSULTA
Orden que se envía a un Jefe de Misión por el
Ministro de Relaciones Exteriores del Estado
acreditante para que se persone urgentemente con
objeto de informar sobre un determinado asunto y
recibir instrucciones particulares.
MINISTRO-CONSEJERO
Funcionario diplomático que ocupa en una
Embajada el puesto inmediatamente siguiente al
Jefe de Misión y asume las funciones de Encargado
de Negocios cuando es necesario. Este puesto sólo
suele existir en las Embajadas más importantes por
el volumen de personal diplomático.
MISIÓN DIPLOMÁTICA
Término genérico que abarca todos los tipos de
representación permanente de un Estado ante otro,
o ante una Organización internacional, o de éstas
ante un Estado.
NOTA VERBAL
Comunicación oficial escrita, redactada en tercera
persona, que dirige una Misión Diplomática al
Ministerio de Exteriores del Estado receptor.
Se llama verbal porque antiguamente recogía
los términos de una conversación y solía ser
entregada a su finalización. Actualmente, es la Nota
diplomática por excelencia.
OFICINA CONSULAR
Término genérico que abarca las distintas clases de
Consulados, tanto de Carrera como Honorarios.
PERSONA NON GRATA
Es la declaración que en cualquier momento el
Estado receptor puede hacer sobre el Jefe de Misión
o cualquier otro miembro del personal diplomático,
que se comunica sin necesidad de expresar los
motivos, e implica que esa persona debe ser retirada
o cesar en sus funciones.
PLÁCET
Manifestación que hace el Estado receptor,
solicitado para ello por el Estado acreditante, de
que no tiene nada que oponer a la persona que
éste se propone nombrar como Jefe de Misión ante
aquél.
REPRESENTACIÓN
En la práctica española, es el término más
genérico para designar todo tipo de órganos
de la Administración del Estado en el exterior.
Periódicamente, el Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación edita una Guía de las
Representaciones de España en el extranjero en
la que figuran todas ellas ordenadas por países y
organizaciones, con los nombres de sus titulares,
direcciones, teléfonos, etcétera.
REPRESENTACIÓN PERMANENTE
V. Delegación Permanente
RESIDENCIA
Se designa con este término el domicilio oficial del
Jefe de Misión.
SECCIÓN CONSULAR
Personal de una Misión Diplomática que desempeña
funciones consulares, al no existir una Oficina
Consular en la misma capital.
SECRETARIO DE EMBAJADA
Puesto dentro de una Embajada por debajo
del Consejero -si lo hay- y por encima de los
Agregados.
Fuente: Ministerio de Exteriores del Gobierno de España